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miércoles, 22 de febrero de 2012

ADOPCIÓN

La adopcion es una medida de protección al Niño y Adolescente, dictado por un Juez, bajo la vigilancia del Estado, se realiza a través del Juzgado de Familia cuando hay un vínculo entre adoptado y adoptante. Aquí, el adoptado adquiere la calidad de hijo del adoptante.
Tramites:
En caso que no conteste la demanda los padres biológicos o familiares, se hacen publicaciones por edictos.
Competencia: Juzgados de Familia
Requisitos:
  • Que el adoptante goce de solvencia moral.
  • Que la edad del adoptante sea, por lo menos, igual a la suma de la mayoridad y la del hijo por adoptar.
  • Que cuando el adoptante sea casado, su cónyuge preste su asentimiento.
  • Que el adoptado, dé su consentimiento, si es mayor de 10 años.
  • Que consientan los padres del adoptado, si estuviese bajo su patria potestad.
  • Si el adoptado es incapaz, debe oírse al Tutor o Curador.
  • Que si el adoptante es extranjero y el adoptado menor de edad, aquel debe ratificar, personalmente, ante el Juez su voluntad de adoptar.
  • Partida de Nacimiento del menor.
  • Partida de Matrimonio de los adoptantes.
  • Certificado Médico- Salud Mental/ Física.
  • Certificado de Antecedentes Penales y Policiales.
  • Fotos (Que acrediten vivencias familiares con el menor).
  • Certificado de estudios u otros documentos que acrediten que el adoptante vela por el bienestar del menor.
GESTIONES PARA SOLICITAR LA ADOPCIÓN DE UN MENOR EN ABANDONO:
 La Ley de Procedimiento Administrativo de Adopción de Menores de Edad Declarados Judicialmente en Abandono, ley No. 26981, la oficina de adopciones del Promudeh (Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano) determina que el proceso de adopción se realice en tres etapas: Pre-Adoptiva, Adoptiva y Post- Adoptiva.
Las personas que desean adoptar tienen que cumplir ciertos parámetros como:
  • Estabilidad emocional
  • Capacidad afectiva, respeto y aceptación hacia los menores.
  • Acreditar solvencia moral y contar con recursos intelectuales normales, de preferencia con secundaria completa.
  • Estabilidad económica, vivienda que garantice la atención de las necesidades básicas de alimentación, salud y educación de su futuro/a hijo/a.
  • Su edad debe estar comprendida preferentemente entre 25 y 55 años. Excepcionalmente se evaluarán las solicitudes que no se circunscriban a estas edades.
  • Entre otros requisitos.
ASESORÍA JURÍDICA - CITAS AL 949940435

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