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miércoles, 22 de febrero de 2012

DEMANDA DE INTERDICCION

La demanda de interdiccion es la acción judicial por la cual a una persona se le declara incapaz de ejercer sus derechos civiles por sí misma.
Pueden ser objeto de Interdicción: Los que, por cualquier causa se encuentran privados de discernimiento. Los sordomudos, los ciegosordos y los ciegomudos, que no pueden expresar su voluntad, de una manera indubitable, los retardados mentales, Los que adolecen de deterioro mental que les impide expresar su libre voluntad, Los pródigos, los que incurren en mala gestión, los ebrios habituales, los toxicómanos.
Requisitos:
  1. Copia legible y vigente del DNI del solicitante.
  2. Partida de nacimiento del interdicto
  3. Partida de defunción del padre o madre.
  4. Partida de nacimiento del Curador (Entroncamiento Familiar).
  5. Nombre y dirección de los familiares directos y partida de nacimiento de cada uno.
  6. Certificado de supervivencia del interdicto.
  7. Certificado médico actualizado. Certificado Negativo de Registros Públicos y Registro Vehicular del presunto interdicto
  8. Pagar Arancel Judicial al Banco de la Nación por ofrecimiento de pruebas (S/.36.50) y Cédulas de notificación
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